Cristóbal Marín Martínez e Irene Blaya Huertas
Queridos hermanos en Don Bosco:
Revisando el PVA, en el Estatuto, Art.10. Pedagogía de la bondad. Punto 3. Dice: “promueven el bien y educan en el amor a la vida, a la responsabilidad, a la solidaridad…” Alimentados por la caridad apostólica y en defensa de la vida, queremos daros a conocer el Testamento Vital.
Como algunos ya conoceréis, desde el 25 de junio de 2021, entró en vigor la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, que regula la eutanasia. Sus defensores aseguran que no morirá nadie que no lo solicite. La experiencia demuestra en países donde ya es legal, como Bélgica y Holanda, que hay unos límites muy difusos que provocan muertes de personas que no la habían solicitado.
Ante la tesitura, los obispos españoles han hecho una fuerte apuesta por recomendar el testamento vital, donde las personas puedan expresar libremente las últimas voluntades en caso de enfermedad o incapacidad total, rechazando de esta manera la eutanasia o suicidio asistido.
Pero, ¿qué es el testamento vital?
El testamento vital es un documento donde se expresa por escrito la voluntad de un paciente, especificando los tratamientos médicos que desea recibir, o que no quiere aceptar, en la fase final de su vida. También especifica que se apliquen los tratamientos paliativos adecuados para evitar los sufrimientos innecesarios, pero que no se aplique la eutanasia.
Por ello, hay que facilitar de la mejor manera posible a través de las parroquias que llegue a todos los rincones y núcleos de grandes ciudades, pequeños pueblos y aldeas.
¿Por qué es importante el testamento vital?
Para dejar constancia por escrito, de forma anticipada, de la voluntad de una persona de aceptar o rechazar ciertos tratamientos médicos. Así, podemos liberar a los familiares de tomar decisiones cruciales de un enfermo en situaciones difíciles.
El documento, también tiene la posibilidad de nombrar un representante legal en materia de tratamientos médicos y que se encarga de velar por el cumplimiento y de tomar las decisiones oportunas en previsión de una eventualidad que no contempla el testamento por escrito.
Además, especifica el derecho a recibir una atención espiritual. Es un documento válido ante la aplicación de la eutanasia.
¿Por qué la Conferencia Episcopal Española anima a hacerlo?
Porque más que un documento, es un modo de frenar el cambio de paradigma de la sociedad occidental. Quieren evitar el atropello a la dignidad y la libertad de la persona incapacitada y defenderla ante la ley de la eutanasia.
Para que ayude a humanizar el proceso de la muerte con una asistencia humana material y espiritual. Se busca así, establecer una línea de verdadera alianza terapéutica entre el médico, los familiares, y/o eventuales representantes que no deberá ser traspasada.
El testamento vital especifica que no se quiere el encarnizamiento terapéutico, o acciones sin esperanza, inútiles u obstinadas, ni la eutanasia.
¿Cómo hacer el testamento vital?
La persona que lo firme, debe estar en plena posesión de las facultades mentales. Se firma ante tres testigos o ante notario. Una vez firmado se inscribe en un registro de voluntades vitales creado con este propósito en las distintas comunidades autónomas. ¡Movilicémonos en favor de la cultura de la vida! Acceso a la documentación: https://www.conferenciaepiscopal.es/nuevo-testamento-vital-cee
Feliz y Próspero Año Nuevo 2025.
¿A dónde vamos? A casa, siempre a casa
(Novalis)